Puerto Ordaz, 19 de febrero de 2020

 

 

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

Asamblea Extraordinaria de

padres, representantes y responsables

 

 

El 16 de octubre de 2012 apareció la Resolución 058 emanada por el MPPE. En ella, el Ejecutivo declaraba que el poder decisorio en materia educativa residía en los padres y representantes que —a través de la conformación del Consejo Educativo—, y de la mano de la respectiva directiva del Colegio, tomaban medidas en los distintos ámbitos que componen el proceso educativo, con la intención de mejorar la enseñanza de sus hijos y representados.

Apoyados en esta opción que tenemos entre manos, el equipo directivo del Colegio Loyola Gumilla estableció una ruta de acción mediante la elaboración de seis normas a ser votadas hoy.

Antes de entrar en la modalidad del escrutinio, me permito compartirles dos ideas, de manera que nos aclaremos lo mejor posible. La primera tiene que ver con la calidad educativa que el Colegio ofrece. Desde mi ingreso formal en la enseñanza ocurrido en 1992, he aprendido que la calidad educativa implica dos dimensiones que después se retroalimentan permanentemente. La primera dimensión es contar con docentes competentes, que tienen un dominio sólido y elegante de la materia que imparten. Pero esto no basta. A las competencias, el docente debe sumar la capacidad de transmitir con claridad los conocimientos que posee. Es decir, tiene una pedagogía. Pero esto tampoco es suficiente. El docente deberá actuar con decisión y respeto para crear un ambiente que posibilite que se impartan las clases. La segunda dimensión tiene que ver con los alumnos. No hay educación de calidad en una sola dirección. Por lo que respecta a los alumnos, el tema supone asimismo dos cuestiones. La primera cuestión es que nuestros hijos no se contentan con cumplir con sus deberes, sino que siempre dan algo más de lo que se les pide en clases. Son chicos intelectualmente curiosos, ávidos de aprender. La segunda cuestión implica que nuestros hijos superan a los maestros y al programa educativo. Dicho en negativo: “mi hijo no recibe una educación de calidad, pues el docente no está a su altura; mi hijo incluso se exige más a sí mismo, de lo que el docente le exige. Estando así las cosas, mi hijo no saca provecho alguno al asistir al Colegio Loyola”.

La segunda idea tiene que ver con el salario de los que trabajamos en el Colegio, pero especialmente de algunas maestras. En las Asambleas preparatorias a ésta, hubo gente que expresó su preocupación por el cómo la Directiva del Loyola Gumilla se comporta —obvio, hablan desde la versión de tales maestras— con ellas. O sea, llamamos a Asamblea, aprobamos un presupuesto y después no aumentamos los salarios. Permítanme expresarles mi más airado desacuerdo con semejantes calumnias. Si se fijan en el presupuesto, más del 80% del mismo se va en nómina. Eso es ley, y la ley se cumple. El salario que devenga cada empleado de este Colegio se multiplica posteriormente por tres, gracias a las ayudas que pocos representantes benefactores dan a ASIA, y que ésta nos hace llegar como un gesto solidario. Hoy, con la aprobación del presupuesto, el ingreso en el Colegio se multiplica por 40 con respecto al salario mínimo oficial.

No seamos ingenuos: quien da dinero a una maestra que le comentó que no le suben el sueldo, y que no está segura de continuar en el Colegio, sencillamente, además de cometer una injusticia y de alterar unas relaciones laborales, está siendo estafada por una maestra mentirosa. Si estás realmente preocupado por la situación de los docentes, y quieres donar dinero, alimentos u otros bienes, llévalos a ASIA y que ellos se encarguen de hacérnoslos llegar a los empleados del Colegio.

Junto ahora ambas ideas, para pasar a las normas y su respectiva votación. Una educación de calidad supone, además de lo dicho anteriormente, docentes de calidad. Para tener docentes de calidad, hay que pagarlos. Y, si bien en cierto que lo que pagamos acá no cubre siquiera la canasta alimentaria; sin embargo, buscamos que sea un salario decente, que disipe algunas preocupaciones de la mente de los docentes y se den con más ahínco a nuestros hijos.

Las normas entonces se originan de la aprobación del último presupuesto, y se apoyan en la resolución del MMPE. Las normas se someten a votación, no a discusión. La discusión ya la tuvimos en las Asambleas preparatorias, a las que asistieron ustedes y sugirieron cómo continuar, quedando de parte de la Directiva traducir estas propuestas a normas.

Insisto. Las sugerencias vinieron de Ustedes. La Directiva las convirtió en normas. Como dijera en mi comunicado del día 13 de febrero de 2020, titulado “Esta noche te exigirán el alma”, algunas sugerencias no están acá bien porque por su misma naturaleza, no son traducibles a normas, o bien porque tales sugerencias pueden ser tratadas en otras instancias del Colegio.

 

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Dada la necesidad de contar con un presupuesto que garantice la calidad en la educación, la estabilidad laboral de los empleados del Colegio y su operatividad, la Asamblea Extraordinaria de Padres y Representantes propone someter a votación las siguientes normas.

 

NORMAS ECONÓMICAS

 

  1. Los presupuestos aprobados en Asamblea Extraordinaria serán expresados en bolívares y convertidos en dólares equivalentes, usando la tasa referencial en dólares fijada por el BCV del día en que se elaboraron dichos presupuestos.

 

  1. Las mensualidades se calculan en dólares a partir de la tasa referencial fijada por el BCV el último día hábil del mes anterior a la misma; las mensualidades se presentan en Bs.
  • Esta tasa se revisará cada mes; el nuevo monto de la mensualidad se ajustará el último día de mes, entrando en vigencia el mes sucesivo.

 

  1. El pago impuntual de las mensualidades supone su cancelación al valor de la última tasa diaria fijada por el BCV.
  • Se cuenta con un plazo de quince (15) días para cancelar; se entiende como pago puntual el ocurrido en los primeros quince (15) días del mes y así evitar caer en morosidad y se aplique consiguientemente la norma.
  • Las mensualidades pueden pagarse por cuotas.
  • La deuda generada por incumplimiento en el pago puede cancelarse por cuotas, conscientes de que la mensualidad se ajusta según lo expresado en esta norma.
  • Esta norma aplica a partir del primero (1) de abril de 2020.

 

  1. Las mensualidades pueden pagarse por adelantado.
  • Se puede cancelar el año completo, o los meses restantes.
  • Para quien se acoja a esta medida, no aplicarán retroactivos o reajustes.
  • Acogerse a esta medida no implica “premios” en términos de rebajas del monto total, dado el ambiente inflacionario.

 

NORMAS PROCESO DE ADMISIÓN

 

  1. La inscripción de nuevos ingresos supondrá una cuota de inscripción.
  • La cuota de inscripción tiene lugar una (1) sola vez en todo el proceso. Para quien inscribe por primera vez, la cuota es el equivalente a seis (6) meses de mensualidad.
  • De no concretarse el proceso de inscripción, el Colegio dispondrá de la cuota.

 

NORMAS IDENTIDAD LOYOLA–SENTIDO DE PERTENENCIA

 

  1. Se establecen doce horas de servicio social en beneficio del Colegio, durante el año escolar, tanto para los Padres y Representantes, como para los alumnos.
  • El servicio se concretará en comunicación con las respectivas Coordinaciones, el Consejo Educativo, el área de Mantenimiento y la Sub Dirección Administrativa.
  • El servicio social es de carácter obligatorio para los alumnos, y de carácter opcional para los padres y representantes: quien por varios motivos no pueda cumplir el servicio social, pagará el equivalente a dos mensualidades. Ejemplo: El representante que cumplió con seis (6) horas de servicio social, deberá pagar el equivalente a una mensualidad.
  • Quien goza de beca, el respectivo padre o representante deberá cumplir con veinticuatro horas de servicio social. Esto es de carácter obligatorio.

Luis Ovando Hernández S.J.
Rector